Introducción.
Un estado de malestar generalizado
Los tres ejes de las políticas
de inmigración
La generalización de las políticas
restrictivas
La opción por la 'inmigración
cero' y su inviabilidad
Dificultades y costes de las políticas
de control
Las dificultades del control de flujos: las
consecuencias no deseadas
La prominencia de la inmigración irregular
Ausencia de soluciones
Las dificultades de la integración
La cooperación internacional al desarrollo,
falsa alternativa
En conclusión
Introducción.
Un estado de malestar generalizado
Nunca, como en nuestros días, han sido tan
abundantes y prominentes las políticas de inmigración,
y nunca se ha vivido ésta con tanta y tan generalizada
insatisfacción. Las páginas que siguen pretenden
explicar las razones que subyacen a tal paradoja, con
especial atención a las dificultades a las que
se enfrentan las políticas de inmigración
en nuestros días y los dilemas que las atenazan,
en particular en el ámbito de la Unión Europea.
Pero antes convendrá aducir algún argumento
que justifique la afirmación precedente.
Por lo que hace a su primera parte, puede decirse,
en efecto, que las políticas de inmigración
son una planta reciente. En su mayoría datan
de mediados de los años 1970 o de comienzos de
la siguiente. Antes de esa época apenas existían
políticas de control, y si existían apenas
había interés por llevarlas a la práctica:
la libre circulación de las personas era la norma,
por lo menos en la práctica. Por su parte, la
integración de los inmigrantes generalmente se
dejaba a la espontaneidad del mercado de trabajo, de
la economía y de la sociedad civil. Desde entonces,
por el contrario, las políticas de inmigración
han proliferado, hasta convertirse en una destacada
y relevante área de políticas públicas,
una de las que más atención recibe.
Ello no obstante, en la casi totalidad de los países
receptores es observable un estado de malestar generalizado
en relación con la inmigración; malestar
que frecuentemente se traslada a las políticas
que los poderes públicos ponen en práctica
para gestionarla.
Sería fácil aducir infinidad de ejemplos
e indicadores de ese estado de malestar, desde los elevados
porcentajes de ciudadanos que consideran que en sus
respectivos países hay demasiados inmigrantes,
como las encuestas revelan nítidamente, hasta
el ascenso de partidos de extrema derecha que hacen
bandera de la hostilidad hacia los inmigrantes, pasando
por una ominosa proliferación de incidentes xenófobos.
Por lo que hace a la insatisfacción con las políticas
de las políticas de inmigración, un indicio
sugerente es la constante revisión que los distintos
gobiernos y parlamentos hacen de ellas, con la consiguiente
sustitución por otras. En el caso de España,
en el corto tiempo transcurrido desde el año
2000 habremos conocido tres, si no cuatro, leyes de
extranjería. Italia y Portugal acaban de modificar
sus respectivas legislaciones de inmigración.
El número de reformas que Dinamarca ha introducido
en la suya en los últimos diez años se
acerca a la treintena. Muchos países europeos
salen aproximadamente a una ley de inmigración,
o equivalente, por legislatura. Ello apunta a una evaluación
negativa de los resultados de esas políticas,
que pone de manifiesto un estado de insatisfacción
con las mismas correlativo al observado en el plano
de las opiniones públicas, en contraste con los
sentimientos que solían prevalecer en el pasado.
Ese malestar dista de ser privativo de Europa, pero
sí es especialmente sentido entre nosotros, por
razones que se expondrán a lo largo de la presentación,
pero que pueden sintetizarse de momento en la proposición
de que los países europeos se encuentran entre
el Scylla del reconocimiento de obligaciones morales
y políticas, propio de sociedades democráticas,
y el Caribdis de fuertes reticencias hacia la recepción
de inmigrantes y su plena incorporación a la
sociedad y a la nación. [^
SUBIR]
Los tres ejes de las políticas
de inmigración
Como es bien sabido, las políticas de inmigración
comprenden: a) las normas y prácticas que tienen
por objeto la regulación y el control de los
flujos migratorios, y especialmente la entrada y permanencia
de inmigrantes; b) las regulaciones y prácticas
relativas a la demanda de asilo; c) las medidas dirigidas
a la integración de los inmigrantes y las minorías
étnicas, incluyendo la definición de la
ciudadanía y el acceso a la misma; y d) las políticas
para combatir el racismo y la discriminación.
En realidad, estas cuatro rúbricas pueden reducirse
a dos, subsumiendo las dos primeras en la vertiente
'políticas de control' y las dos últimas
en las 'políticas de integración'. Por
supuesto, caben distintas clasificaciones, pero las
diferencias no son sustanciales. No muy diferente es,
por ejemplo, la enumeración que propone Monar
de los objetivos, contenidos y tareas propios de las
políticas de inmigración: prevención,
admisión, control e integración. Y tampoco
en este caso resulta forzado reducirlas a las dos grandes
rúbricas mencionadas, agrupando las tres primeras
en las de control.
Las dos principales ramas de las políticas de
inmigración, control e integración, están
estrechamente asociadas (Hammar, 1985), y entre unas
y otras las interacciones son intensas y frecuentes.
En el caso de Europa, se pusieron en marcha casi simultáneamente,
por lo general en la segunda mitad de los años
70, cuando los gobiernos de los entonces países
receptores de inmigración optaron por el cierre
de fronteras. Al observar que muchos inmigrantes habían
decidido permanecer y llamar a sus familias, convirtiéndose
en minorías étnicas, sintieron también
la necesidad de poner en marcha políticas de
integración (Arango,1999). Lejos de parecer contradictorias,
ambas líneas han sido frecuentemente presentadas
como complementarias o interdependientes. Muchas veces,
el énfasis en el control se justifica en términos
de integración, como, por ejemplo, cuando se
predica que la condición para poder integrar
a los residentes legales es restringir el número
de los admitidos. Otra conexión, menos aireada
desde instancias oficiales, es el posible impacto negativo
que sobre las posibilidades de integración pueden
tener orientaciones fuertemente restrictivas de la entrada
y permanencia -o una pieza de las mismas, la llamada
lucha contra la inmigración ilegal--, por el
clima social que contribuyen a crear. En alguna ocasión,
la enervación del clima de control y la intensificación
del combate contra la inmigración ilegal pueden
conllevar restricciones para los derechos y perspectivas
de los residentes legales, como ocurrió en Estados
Unidos a mediados de la década pasada.
Estas son, sin lugar a dudas, las dos grandes ramas
o vertientes de las políticas de inmigración.
Ello no obstante, en medios políticos, en particular
en Europa, tiende a hablarse los tres ejes de las políticas
de inmigración. Esta expresión adquirió
carta de naturaleza en una comunicación de la
Comisión Europea de 1994. En textos recientes
de la misma Comisión, como la Comunicación
de noviembre de 2000 a la que más adelante se
hará alusión, se habla de cuatro ejes
-el cuarto es la política de asilo--, pero, en
realidad, ésta última se encuadra ante
todo en las políticas de control y admisión,
por lo que no hay dificultad en mantener la idea del
trípode, de los tres ejes que se engarzan en
un discurso aparentemente coherente y comprensivo. Este
discurso, que se puede calificar de canónico,
puede resumirse en los siguientes términos: en
primer lugar, es preciso restringir el número
de los admitidos, habida cuenta de que la capacidad
de acogida de las sociedades europeas no es ilimitada,
y para ello hay que poner en práctica políticas
de control de entradas y permanencias; en segundo lugar,
hay que integrar a los inmigrantes que ya están
y han adquirido el derecho a permanecer; y, en tercer
lugar, los países receptores deben contribuir
a eliminar las causas que mueven a la emigración
en los países de origen, a través de la
cooperación internacional. Este tercer eje, el
constituido por las políticas de cooperación
al desarrollo como alternativa a la emigración,
es más retórico que efectivo, y está
lejos de tener la misma entidad que los otros dos. Cumple,
ante todo, una función legitimadora, de relaciones
públicas, cuando no de mera alimentación
de buenas conciencias. En las clasificaciones a las
que hemos aludido debería incluirse en en el
primer bloque, entre las de control por vía preventiva.
En años recientes, la formulación que
antecede está siendo sustituida por una nueva
orientación, popularizada especialmente desde
Francia conocida como codesarrollo. Aunque la reformulación
no carece de méritos, la relevancia y significación
de esta modalidad de políticas de inmigración
siguen siendo más que dudosas.
No cabe duda de que, de esas tres vertientes, la prioritaria
es la primera. En efecto, las políticas de acceso,
admisión o control son las que parecen ocupar
un lugar más destacado en las preocupaciones
de los poderes públicos, así como pesar
más en la mente de los ciudadanos. De ellas tratará
sobre todo este artículo, sin perjuicio de alguna
alusión conexa a las otras dos. [^
SUBIR]
La generalización de las políticas
restrictivas
En nuestros días, las políticas de control
de entradas y de flujos, o, si se prefiere, las políticas
restrictivas de la entrada de inmigrantes, se han generalizado.
Todos los países receptores controlan y limitan
la admisión de inmigrantes; algunos, además,
las utilizan para seleccionar a los admitidos. La libre
circulación es un hecho del pasado; la norma
es la existencia de barreras y fronteras. Este triunfo
del restriccionismo ha llegado a merecer la calificación
de 'moderno asalto a la libertad de circulación'
(Sassen 1997). Las limitaciones son tantas que alguien
ha descrito nuestra época como 'la era de la
inmovilidad involuntaria' (Carling 2002).
Este estado de cosas es relativamente reciente. En
el pasado, y en especial en el largo período
comprendido entre las décadas centrales del siglo
XIX y las homólogas del XX, la norma era la libertad
de circulación, y la excepción la restricción.
Muy pocos países exigían pasaportes --en
Europa, sólo Rusia y Turquía--. Una norma
estadounidense de finales del XIX daba la bienvenida
a todos los forasteros, excluyendo tan sólo a
los criminales, las prostitutas, los pobres de solemnidad
y los chinos. Ello no quiere decir que en el pasado
no existieran normas restrictivas. Si se buscan regulaciones,
es probable que se encuentren. Pero ello no debería
inducir a confusión: la realidad era muy otra,
como lo prueba el hecho de que no pocos países
receptores impulsaran acciones de reclutamiento de inmigrantes.
Ahora bien, si es cierto que todos los países
controlan la entrada de inmigrantes, no es menos cierto
que sus políticas responden a diferentes orientaciones
y revisten diversas modalidades. A grandísimos
rasgos, y en función de sus regímenes
de políticas de inmigración, pueden distinguirse
tres grandes grupos de sociedades receptoras. Hay algunas,
en primer lugar, relativamente abiertas a la inmigración.
Son muy pocas: en nuestros días Estados Unidos,
Canadá, Australia y Nueva Zelanda. Aunque controlan,
seleccionan y filtran, admiten cada año un número
no desdeñable de inmigrantes. El segundo grupo
es el constituido por sociedades democráticas,
que por serlo, reconocen obligaciones morales y políticas,
así como las implicaciones de éstas, pero
que exhiben fuertes reticencias hacia la inmigración
y procuran admitir al mínimo número posible
de inmigrantes. La inmensa mayoría de ellas se
encuentran en Europa, aunque también hay que
incluir en esa lista a Japón. Hay, finalmente,
un tercer grupo, del que tendemos a olvidarnos, y son
las sociedades receptoras no democráticas o autocráticas,
que tienden a admitir exclusivamente inmigrantes temporales,
con contratos de corta duración, sin más
derechos que los estipulados en el contrato ni otra
autoridad que las del empleador y el Ministro del Interior.
Desde luego, no reconocen el derecho de asilo, ni la
reagrupación familiar, ni la posibilidad de la
naturalización, llevando a los extremos más
impensables el utilitarismo que muchas veces preside
las políticas de inmigración.
Nuevamente, es fácil deducir de lo que antecede
que los países que se enfrentan a los mayores
dilemas y dificultades son los del segundo grupo, constituido
ante todo por los de la Unión Europea, en los
que en adelante se fijará el grueso de la atención.
[^
SUBIR]
La opción por la 'inmigración
cero' y su inviabilidad
En efecto, los países que la componen la Unión
Europea, se caracterizan ante todo, en tanto que receptores
de inmigración, por la mentada contradicción
entre la existencia de fuertes reticencias a la admisión
de inmigrantes y el reconocimiento de obligaciones morales
y políticas, consustancial a su condición
de sociedades democráticas organizadas en Estados
de derecho garantistas. Las aludidas reticencias, cuyas
raíces no cabe exponer aquí (Arango 1994),
ya se hicieron presentes en las décadas posteriores
a la segunda guerra mundial, cuando algunos de ellos
se convirtieron en países de inmigración,
aunque rechazaran esta condición y optaran por
el denominado modelo 'guestworker' de inmigración
temporal. Este se mantuvo hasta la guerra de Yom Kippur
y la subsiguiente crisis del petróleo que marcó
el fin de la larga onda expansiva que había comenzado
con la reconstrucción post-bélica. Los
países europeos entonces receptores de inmigración
cerraron las puertas a ésta, especialmente a
los flujos laborales, y ese cierre se ha perpetuado
hasta la fecha. Las reticencias se agudizaron por las
consecuencias no previstas del período anterior,
al comprobar que muchos trabajadores invitados habían
decidido quedarse, poniendo de manifiesto que la opción
por la inmigración temporal resulta difícil
de llevar a la práctica en países democráticos.
La respuesta fue la adopción de políticas
acusadamente restrictivas, hasta el punto de hacerse
acreedoras a la expresión inmigración
cero. Obviamente, el término no debe tomarse
al pie de la letra, sino asintóticamente, entendido
como el menor volumen posible de inmigración.
El paradigma inmigración cero sigue básicamente
vigente en nuestros días, a pesar de su relativa
ineficacia y de sus altos costes de vario tipo. Diversas
razones hacen inviable la pretensión de limitar
drásticamente, no ya de eliminar, los flujos
de inmigración. La primera deriva del hecho de
que las sociedades democráticas no pueden dejar
de reconocer circunstancias o condiciones que habilitan
a determinadas personas a establecerse en su territorio.
Hay, sobre todo, dos grandes títulos habilitantes:
uno es el derecho a vivir en familia, que da lugar a
los flujos conducentes a la reagrupación familiar;
el segundo es el derecho de asilo reconocido por la
Convención de Ginebra y el Protocolo de New York
de 1967, que obliga a admitir a los que aducen persecución.
Principalmente por esas dos vías, los países
europeos han seguido recibiendo inmigrantes -incluidos
los demandantes de asilo-, a pesar del cierre de las
fronteras a la inmigración.
Además, en medidas variables y cambiantes, también
han recibido inmigrantes irregulares, que han entrado
o permanecido soslayando alguna de las restricciones
existentes. Ello se explica, por un lado, porque no
hay ninguna frontera totalmente impermeable ni ninguna
regulación que no sea susceptible de vulneración;
y, por otro, porque en las sociedades europeas existe
demanda de trabajo foráneo, y cuando demanda
y oferta coinciden, la realidad tiende a imponerse sobre
las leyes, aunque no sin generar tensiones y anomalías.
La contradicción entre la demanda de trabajo
foráneo y las restricciones políticas
a la entrada de inmigrantes ha sido a veces sintetizada
en la literatura con la expresión estados versus
mercados (Hollifield, 1992), que alude a la existencia
de intereses contrapuestos entre la esfera política,
sensible a la opinión pública y preocupada
por los intereses electorales, y la empresarial, preocupada
ante todo por cubrir ventajosamente sus necesidades
laborales.
En realidad, es preciso reconocer que no pocas de las
dificultades que los países democráticos
-a diferencia de los autocráticos-experimentan
para llevar a la práctica sus políticas
fuertemente restrictivas derivan precisamente de aquélla
condición (Freeman, 1994), reforzada por un influyente
proceso de cambio histórico, operado grosso modo
en el último medio siglo, y tributario de un
gradual progreso de la conciencia moral colectiva. Me
refiero a lo que se ha dado en llamar el 'paradigma
de los derechos humanos', que consiste en la gradual
emergencia de un corpus mal definido de derechos internacionalmente
reconocidos. En el caso que nos ocupa, tales derechos
pueden ser esgrimidos por inmigrantes incluso contra
la voluntad del Estado que los alberga. En no pocas
ocasiones, esas demandas han sido amparadas por tribunales
de justicia. Aunque todavía limitado, este progreso
moral de las sociedades democráticas supone el
reconocimiento de derechos que emanan de fuentes distintas
a la soberanía nacional, y al tiempo una autolimitación
por parte de estas sociedades que afecta de manera importante
a sus políticas de inmigración. La influencia
condicionante de estos cambios sobre las políticas
de inmigración en las sociedades democráticas
es innegable. Algunos de ellos se han plasmado en convenios
internacionales o en declaraciones de derechos internacionalmente
reconocidos, y de este modo obligan a los Estados que
los suscriben. Así, en la segunda mitad del siglo
XX hemos asistido al reconocimiento del derecho de asilo,
con la Convención de Ginebra de 1951 y el protocolo
de 1967; de la reunificación familiar, si no
como derecho internacionalmente reconocido sí
como práctica generalizada; o a la proscripción
de la selección de inmigrantes por criterios
étnicos, por mencionar sólo algunos de
los avances más señalados. A este último
respecto vale la pena recordar que, hasta mediados de
la década de los 1960, sociedades tan respetables
como Australia o Canadá mantenían leyes
de inmigración conocidas por la ominosa expresión
"white only", y que desde entonces ese tipo
de criterios pasó a considerarse incompatible
con la sensibilidad moral y política de las sociedades
democráticas. Algo parecido ocurrió con
la legislación basada en cuotas nacionales que
hasta esa fecha existía en Estados Unidos. El
mismo progreso moral ha llevado al reconocimiento de
una cierta cuota de derechos a los inmigrantes irregulares,
a proscribir las deportaciones colectivas o a la judicialización
de las órdenes de expulsión de extranjeros.
[^
SUBIR]
Dificultades y costes de las políticas
de control
Aunque la magnitud de las dificultades varía
grandemente de unos a otros, ningún estado democrático
consigue siquiera acercarse al control pleno de los
ingresos a su territorio. Ninguno puede evitar un cierto
número de entradas clandestinas, bien por lugares
no autorizados o bien por los puestos fronterizos mediante
el uso de documentación falsa o de compartimentos
secretos en vehículos. Especialmente difícil
es el control de entradas en sociedades que reciben
decenas de millones de visitantes cada año, y
en aquéllas cuya ubicación las convierte
en cruces de caminos.
Es posible que a las dificultades de control esté
contribuyendo, paradójicamente, el funcionamiento
efectivo del llamado sistema Schengen. Aunque la primordial
razón de ser del famoso convenio del mismo nombre
fue la supresión de las fronteras interiores
en la Unión Europea, no es menos cierto que generalmente
ha sido visto como portador de una segunda finalidad,
de naturaleza eminentemente restrictiva y policial,
cual es el fortalecimiento de las fronteras exteriores.
De hecho, su laborioso despliegue, coincidente con el
acusado restrictionist drive que prevaleció a
comienzos de los años 90, se asoció a
la idea de la fortaleza Europa. Siendo ello básicamente
cierto, es muy posible que últimamente esté
teniendo la contrapartida imprevista de incrementar
las dificultades que afligen al control de las fronteras
comunes y, consiguientemente, de ampliar las oportunidades
de los candidatos a la inmigración irregular.
Abundan, en efecto, los ejemplos de inmigrantes que
entran en la Unión Europea por países
distintos a aquéllos en los que pretenden establecerse,
buscando los eslabones más débiles de
la cadena de control, y confiando en que el celo de
los policías de fronteras sea menor del habitual
al saber que el destino del que entra es otro país.
En todo caso, para el control de flujos no basta con
el control de entradas. En efecto, la mayoría
de los inmigrantes irregulares entran legalmente y devienen
después irregulares sobrevenidos. No pocos proceden
de países cuyos nacionales no precisan de visado;
otros entran con permisos de estancia de corta duración,
o con visados de turista o de estudiante; y unos y otros
permanecen más allá de la caducidad de
esos visados, o se convierten en irregulares por participar
en actividades económicas para las que esos títulos
no habilitan. Por ello, además de las entradas
es preciso controlar las permanencias, lo que resulta
más difícil todavía. En las sociedades
democráticas, los controles callejeros de documentación
no suelen estar bien vistos, y menos aún las
redadas; en algunas ni siquiera tienen sentido, porque
los ciudadanos no están obligados a portar prueba
alguna de identidad.
En todo caso, la eficacia de estos controles está
limitada por las grandes dificultades que rodean a la
última ratio del control: la posibilidad de expulsar
del territorio a los que se encuentran en situación
irregular. Además de las complicaciones logísticas
que entrañan, a veces formidables, y de los costes
que implican, las expulsiones de inmigrantes requieren
que haya un país dispuesto a admitir a los expulsados,
lo que no siempre ocurre. De hecho, la mayoría
de las órdenes de expulsión no se materializa.
De ahí la importancia que los gobiernos de los
países receptores, y la misma Unión Europea,
otorgan hoy en día a los acuerdos de readmisión
con países de origen o tránsito.
En muchos países, el desajuste entre demanda
de trabajo y políticas restrictivas resulta sobre
todo en inmigración irregular; en otros, generalmente
aquéllos en los que el control de fronteras y
permanencias es más eficiente, en una fuerte
demanda de asilo, con el corolario de que la mayor parte
de los solicitantes no admitidos se convierten de hecho
en inmigrantes irregulares. La persistencia de los tres
tipos de flujos citados a lo largo del cuarto de siglo
transcurrido desde el cierre de las fronteras ha creado,
sobre todo en algunos países, una extendida impresión
ciudadana de que los Estados son incapaces de controlar
sus fronteras, y ha contribuido a generar un síndrome
de fortaleza sitiada.
[^ SUBIR]
Las dificultades del control de flujos:
las consecuencias no deseadas
La denominada "lucha contra la inmigración
ilegal" - por lo general dirigida más contra
los inmigrantes irregulares que contra los factores
generadores de irregularidad-- se ha convertido en la
máxima prioridad de las políticas de inmigración
en Europa occidental, como atestigua la cumbre de Sevilla
de la Unión Europea de la primavera de 2002.
Pues bien, más allá de su eficacia limitada,
las políticas de control generan considerables
y crecientes costes -logísticos y de personal--
y producen importantes consecuencias no deseadas. En
primer lugar, el deseo de esquivar las barreras desemboca
en innumerables tragedias humanas. Entre ellas se cuentan
las muertes por ahogamiento de no pocos pasajeros de
las pateras que cruzan el estrecho de Gibraltar o el
brazo de mar que separa el Sahara de las islas Canarias,
los naufragios de los desvencijados barcos que intentan
alcanzar las costas italianas, y las trágicas
muertes de los desgraciados que pierden la vida en camiones
frigoríficos, en trailers mal ventilados o en
los bajos de trenes o autobuses. Además, la proliferación
de estos tráficos ha dado lugar al desarrollo
de una poderosa industria de la migración clandestina,
generadora de beneficios astronómicos, comparables
a los que depara el narcotráfico o el tráfico
de armas. Otra consecuencia no querida es la saturación
de los cauces establecidos para la demanda de asilo.
Otra más, de naturaleza perversa, es su contribución
a la fijación de los inmigrantes en el territorio,
reduciendo su propensión a la circulación:
cuanto mayores son los costes de entrada, mayor es,
razonablemente, la inclinación del que ha conseguido
entrar a quedarse y no arriesgarse a no poder volver
a entrar si sale. Además, las políticas
restrictivas frecuentemente crean dificultades para
satisfacer legalmente la demanda de trabajo. [^
SUBIR]
La prominencia de la inmigración
irregular
Otra de las consecuencias imprevistas e indeseables
de las políticas de control es la prominencia
contemporánea que ha adquirido la figura del
inmigrante irregular, dadas las numerosas contradicciones
que caracterizan la relación de los poderes públicos,
y del mismo orden jurídico, con esta figura.
No cabe duda de que la figura del inmigrante irregular,
al que frecuentemente se denomina ilegal, resulta imprescindible
para las políticas de control, en tanto que condición
sine qua non para poner en valor la migración
regular o legal. La credibilidad de las políticas
de control exige la distinción nítida
entre regulares e irregulares, e incluso un cierto grado
de severidad en relación con los últimos.
Lo contrario podría ser visto como una renuncia
a la efectividad de aquéllas, y afectar gravemente
a su credibilidad. No está demostrado, sin embargo,
que la eficacia de las políticas de control sea
proporcional a su severidad, mientras que sí
parece existir relación entre grado de dureza
e intensidad de las consecuencias no deseadas o de los
costes colaterales. Ello entra en contradicción
con la imposibilidad, por las razones expuestas, de
evitar proporciones variables en la mayoría de
las sociedades receptoras de naturaleza democrática,
y, lo que es peor, con los considerables márgenes
de permisibilidad y tolerancia al que los estados se
ven obligados al respecto, por causa de un cierto número
de factores, entre los que se cuentan el garantismo
de los sistemas jurídicos, las necesidades del
mercado de trabajo y las aludidas dificultades para
expulsar a los que se encuentran en situación
irregular. En no pocos países resulta innegable
la existencia de una verdadera demanda de trabajadores
irregulares. No pocos empresarios buscan el trabajo
irregular y se benefician de él.
Todo ello determina la existencia de parcelas cronificadas
de la realidad que están sustraídas al
imperio de la ley y al Estado de derecho, con las consiguientes
dosis de incertidumbre, vulnerabilidad y explotabilidad.
La irregularidad da lugar a un sinnúmero de abusos
y constituye un obstáculo de primera magnitud
para la integración social de quienes se encuentran
en tal situación. Más flagrante es aún
la existencia de limbos legales, auténticas áreas
grises entre la legalidad y la ilegalidad, como la paradigmáticamente
representada por quienes han recibido una orden de expulsión
y no pueden ser expulsados. Como la condición
irregular no constituye delito, no pueden ser enviados
a prisión; y tampoco pueden ser retenidos -lo
que de por sí constituye una figura jurídicamente
dudosa-- en centros de internamiento, más allá
de un cierto tiempo, tras el cual tienen que ser devueltos
a las calles, sin derecho a trabajar, sin posibilidad
de alquilar una vivienda, y con una orden de expulsión
en el bolsillo como todo documento legal.
En suma, la existencia de proporciones más o
menos extensas de inmigrantes irregulares es una consecuencia
inevitable de las políticas restrictivas y una
faceta crónica de la realidad inmigratoria, y
de ella derivan considerables dilemas, contradicciones
y consecuencias no deseadas. Quizás la contradicción
primordial reside en el conflicto entre la fragrante
quiebra del Estado de Derecho que supone la existencia
de una elevada y crónica proporción de
irregulares y la inevitable permisividad, rayana en
la vista gorda, que los poderes del mismo Estado tienen
que mostrar hacia una realidad tan extensa ante la que
las posibilidades de actuación rigurosa son inevitablemente
limitadas. Algunas de esas contradicciones quedan condensadas
en la figura del inmigrante irregular, empadronado,
trabajando y con orden de expulsión, en la aforunada
expresión de Eduard Sagarra (Sagarra, 2002).
Hay que decir, finalmente, que las políticas
restrictivas vigentes en el conjunto de la Unión
Europea encuentran especiales dificultades en la los
miembros más meridionales de la misma, porque
son mayores las dificultades para el control de fronteras
y permanencias, y porque la demanda de trabajo foráneo
parece ser más vigorosa que en los países
del norte. En consecuencia, las proporciones de inmigrantes
en situación irregular son también más
abultadas. [^
SUBIR]
Ausencia de soluciones
No obstante sus múltiples consecuencias deletéreas,
la existencia de amplias bolsas de inmigración
irregular no parece tener fácil solución.
Las que se aplican o pueden concebirse no son fáciles
ni seguramente felices. Es el caso de las regularizaciones
extraordinarias o en masa, también conocidas
como amnistías. Este es un expediente utilizado
recurrentemente por algunos países, especialmente
los del sur de Europa, aunque también en los
Estados Unidos. Su eficacia, sin embargo, es más
que dudosa. Siempre pretenden ser la última y
resultan ser la penúltima. Aspiran a poner el
contador a cero, pero sus resultados acostumbran a ser
efímeros. La mejor prueba de ello es su propia
recurrencia. Además, corren el riesgo de convertirse
en interminables, como la iniciada en España
en la primavera de 2000, y, desde luego, de atraer a
solicitantes que antes no se encontraban en el territorio
del país que la lleva a cabo, produciendo lo
que se conoce como efecto llamada, especialmente posible
en un espacio sin fronteras como la Unión Europea.
Una opción preferible es la legalización
de base individual, a través de mecanismos ligados
al empleo o al arraigo, lo que requiere un cierto trascurso
de tiempo. Esta vía, más discreta, entraña,
sin embargo, un nuevo dilema: si el tiempo exigido es
muy largo o las condiciones muy estrictas, deviene un
paliativo leve; si el tiempo es corto y las condiciones
generosas, puede generar el aludido efecto de inducción
o incentivación. Esos esquemas pueden ser transparentes
o solapados. Un ejemplo de estos últimos fue
el constituido, en el caso español, por la utilización,
durante los años 90, del 'contingente' como mecanismo
de regularización gradual no declarada. Si sus
contraindicaciones no parecen haber sido graves, su
eficacia fue limitada.
Finalmente, hay que decir que la opción de no
hacer nada, la que parece afirmarse en España
en nuestros días, también es costosa,
porque contribuye a la creación de una clase
de irregulares perpetuos. [^
SUBIR]
Las dificultades de la integración
No es éste el lugar apropiado para prestar la
atención debida a los otros dos ejes de las políticas
de inmigración. Las de integración constituyen
la segunda gran vertiente, especialmente en los países
del noroeste europeo que devinieron sociedades de inmigración
hace varios decenios. Algún estudioso ha aludido
a ellos como 'sociedades post-migratorias', porque buena
parte de sus afanes actuales se dirigen a la gestión
de las consecuencias de los flujos de inmigración
masivos recibidos en el pasado, sobre todo en el tercer
cuarto del siglo XX.
Cualquier intento de descripción en breve espacio
de las políticas de integración que se
practican en Europa correría el riesgo de incurrir
en una generalización abusiva, y no haría
honor a su extraordinaria diversidad, dado que se ocupan
de realidades peculiares en cada país y que están
influidas por tradiciones históricas, estructuras
políticas y culturas cívicas diversas.
En ocasiones resulta arriesgado generalizar incluso
dentro un mismo país, dado que el protagonismo
de las políticas de integración recae
generalmente en los poderes locales, más que
en las administraciones estatales, y pueden ser practicadas
con considerables márgenes de autonomía.
Y aunque cualquier intento de evaluación sintética
de sus resultados estaría condenada al fracaso,
tanto por esa diversidad como porque la integración
no depende sólo, ni quizás principalmente,
de las políticas que la promueven, sino de características
estructurales propias a las diversas sociedades, no
es arriesgado sostener que en Europa las luces constituidas
por experiencias felices coexisten con extensas sombras
de segregación, discriminación, exclusión
social y xenofobia.
A la extensión y persistencia de las sombras
contribuyen las adversas condiciones en las que se desenvuelven
hoy en día los procesos de integración.
Entre ellas se cuentan, entre otras, el menor vigor
del crecimiento económico en comparación
con épocas anteriores; la peor calidad relativa
de buena parte de los empleos ocupados por los inmigrantes,
a causa de su frecuente inserción laboral en
sectores menos centrales de la economía; las
menores oportunidades de movilidad social que de todo
ello resultan; las fuertes reticencias de las sociedades
europeas a la plena incorporación de los inmigrantes
a la sociedad y a la comunidad política, derivadas
en parte de concepciones exclusivistas de la nación;
y el clima social adverso creado por la fuerte prioridad
otorgada a las políticas de control y a la lucha
contra la inmigración irregular. Por su parte,
las grandes orientaciones que han presidido las políticas
de integración en Europa en los últimos
lustros, los modelos estilizados de los que tanto se
ha hablado -desde el asimilacionismo republicano practicado
en Francia, al segregacionismo diferencial característico
de Alemania, pasando por los modelos multiculturalistas
desarrollados en el Reino Unido, Holanda o Suecia--
se encuentran en profunda revisión, cuando no
en estado de crisis. Hasta la fecha, las políticas
de integración se han desenvuelto exclusivamente
en marcos estatales o subestatales. Puede decirse que
han brillado por su ausencia en la agenda comunitaria;
tan sólo en los últimos meses parece abrirse
camino una aspiración de políticas de
inmigración integrales que se propone también
la integración social de los inmigrantes. [^
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La cooperación internacional
al desarrollo, falsa alternativa
El tercer eje -la eliminación de las causas profundas
que mueven a la emigración en los países
de origen por medio de la cooperación al desarrollo-
es tan impecable en la teoría como fundamentalmente
retórico en la práctica. Las relaciones
entre desarrollo y emigración son mucho más
complejas de lo que ésta proposición sostiene,
y sólo decisivas en el largo plazo. Por ésa
y otras varias razones que no hay tiempo para exponer
aquí, la cooperación internacional no
es alternativa a la emigración. Y en todo caso,
la cuantía de los fondos dedicados a ella en
conexión con la emigración son de cuantía
tan ínfima, además de decreciente, que
convierten en puramente retóricas las apelaciones
a la eliminación de las causas de la emigración
vía cooperación internacional.
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En conclusión
El desiderátum representado por el discurso
canónico y políticamente correcto de los
tres ejes de las políticas de inmigración
hace aguas por sus tres vértices. Las políticas
de integración se enfrentan a formidables dificultades,
emanadas tanto de un contexto histórico impropicio
como de la supervivencia de fuertes reticencias sociales
a la plena incorporación de los inmigrantes.
Las políticas de cooperación internacional
al desarrollo apenas pasan de la dimensión retórica;
de hecho, su énfasis se está desplazando
de la imposible pretensión de evitar las causas
profundas que mueven a la emigración a los objetivos
más realistas, aunque también más
modestos, contenidos en la propuesta de codesarrollo.
Aún así, las mayores insatisfacciones
son las que emanan de las políticas de control
o restrictivas, sobre las que recae la máxima
prioridad gubernamental. No es exagerado afirmar que
el paradigma de inmigración cero que las ha presidido
no ha funcionado y, por el contrario, ha generado costes
exorbitantes y una plétora de consecuencias imprevistas
e indeseadas. Cada vez parece existir más conciencia
acerca de su inviabilidad. Incluso la Comisión
Europea la ha reconocido recientemente. En noviembre
de 2000, el Comisario de Justicia e Interior Antonio
Vitorino propuso, en una famosa Comunicación
de la Comisión al Consejo, lo que puede considerarse
como un embrión de nuevas políticas de
inmigración de la Unión Europea: más
nueva la música que de ella emanaba que la letra
estricta de sus propuestas. Además de reconocer
el fracaso del paradigma vigente, la Comunicación
alude a las crecientes necesidades laborales de las
sociedades europeas --tanto de trabajadores cualificados
como de trabajadores no cualificados o semi-cualificados--,
y a las sombrías perspectivas demográficas
que se ciernen sobre las sociedades europeas en el medio
y largo plazo. La preocupación por las carencias
de mano de obra y la dificultad de financiar las pensiones
derivadas de la baja fecundidad se ha acrecentado grandemente
desde la publicación, hace un par de años,
de un famoso informe de la División de Población
de las Naciones Unidas titulado "Replacement Migration",
que cifra en muchas decenas de millones los inmigrantes
que serían necesarios para mantener, a mediados
del siglo XXI, los ratios entre activos e inactivos
prevalentes en el año 2000. Sobre estos cimientos,
la Comisión no sólo aboga decididamente
por la pronta adopción de una política
de inmigración y asilo común, en coherencia
con el Tratado de Ámsterdam, sino por el carácter
integral y comprensivo de la misma.
Sin embargo, el cambio de aires anunciado por la Comunicación
de Noviembre de 2000 aún no se ha materializado,
a mediados de 2003. La mayor parte de las propuestas
encaminadas a convertir en directivas comunitarias los
mimbres de esa nueva política común enunciados
en la Comunicación han encallado en los arrecifes
de algunos Estados miembros. De ese desencuentro ha
resultado, hasta la fecha, la retirada de algunas iniciativas
y la devaluación de otras. Aunque intermitentemente
se registran nuevos impulsos -notable ha sido el que
acaba de imprimirle la presidencia griega de la Unión
en la primavera de 2003--, lo menos que cabe decir es
que los renovadores de la Comisión Europea, y
con ellos la Unión Europea toda, tienen ante
sí una difícil tarea. [^
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